El Factoraje Financiero

Un tipo financiamiento con recursos propios, lo nombraría así, y la definición más simple y sencilla desde mi punto de vista es: la compra de documentos antes de su vencimiento. Todas las empresas ya sean personas físicas o personas morales lo tienen y generan de manera natural, a través de la operación del día a día, en sus cuentas por cobrar o incluso de sus cuentas por pagar; enfoquémonos en la primera fuente, las cuentas por cobrar, ¿Cuántas veces nos hemos lamentado de los plazos que nos piden de crédito nuestros clientes? Y el no tener los recursos necesarios para crecer ya que nuestra capacidad de financiamiento nos limita a esperar o programar nuestros flujos de efectivo esperando la cobranza de clientes ya cautivos a los que ya les hemos otorgado 30, 60, 90 o más días de crédito, aunado a lo anterior dejamos pasar otras oportunidades de negocio bastante atractivas con un cliente que goza de prestigio nacional o incluso a nivel internacional, que también nos pide plazos de crédito, que si los otorgamos estaríamos condenándonos a la extinción; es por ello que buscamos desesperadamente créditos de tarjetas de crédito o personales para inyectarle a nuestra empresa o actividad económica recursos “frescos” que nos ayuden en la continuidad de negocio, por otra parte, la cuentas por pagar a proveedores, estamos en la constante búsqueda de insumos que mejoren nuestros productos o servicios que ofertamos a nuestros clientes, sin embargo, las condiciones de crédito que nos otorgan son de contado al inicio y posteriormente de manera paulatina con algunos días de crédito, parece que todo está en nuestra contra, entonces, una opción es el factoraje financiero.

El Factoraje Financiero Blog Claudia Casarrubias

Como opera

Para las cuentas por cobrar, consiste en un “descuento de documentos”, es decir, cualquier derecho de cobro a favor del cedente es susceptible de ser endosado (Títulos de Crédito) o cedido (Facturas, contrarecibos) antes de su fecha de vencimiento, anticipando así, el cobro de dicho documento, al cual se aplica una comisión, así como, una tasa de descuento por el plazo que aún tenga pendiente el derecho de cobro para su vencimiento; en algunas ocasiones dada la calidad de la cartera aplica un “aforo”, es decir, un porcentaje que se retiene en garantía para compensar posibles, devoluciones o descuentos al propio documento. Es importante destacar que puede realizarse con la obligación solidaria de pago o sin ella, conociendo dichas modalidades como “con recurso” o “sin recurso”, y la gran ventaja es que el nuevo titular del derecho de cobro podría cobrar de manera directa el documento, o bien, ceder la cobranza al propio cedente; lo anterior para que la relación comercial no se vea afectada y el deudor no cambie su sistema de pagos.

Ahora bien, en las cuentas por pagar; es común como lo mencione anteriormente que se otorguen plazos a sus clientes de 90 días para pago y a usted sus proveedores le exigen pagos ya sea de contado o bien, de 30 días; lo anterior ha llevado a muchas empresas a claudicar en el intento, ya que su ciclo operativo en todo momento es deficitario, destinado al cierre del negocio o la constante inyección de capital para su mantenimiento… ya no pensemos en el crecimiento, sin embargo, el factoraje financiero también puede aplicar para el pago de proveedores y obtener el plazo que se requiere, empatando así, las cuentas por cobrar con las cuentas por pagar. Para lograr lo anterior la empresa de factoraje califica una línea de “factoraje para pago a proveedores”, donde se puede establecer que aquellos proveedores que son básicos para la empresa pueda solicitar que se acepten los documentos a su cargo, bajo la modalidad “sin recurso” para el cedente y cubriendo el pago de los intereses objeto del descuento, es decir, el proveedor recibe al 100% su pago y el deudor logra obtener el plazo que requiere desembolsando únicamente los intereses por el plazo de vencimiento que requiere, en caso de proveedores que no son determinantes en la operación se les ofrece el pago inmediato, con la condición que el costo financiero, sea cubierto por el proveedor que desee cobrar de manera inmediata. Esto es, como se puede observar una gran ventaja donde se genera una cadena de valor para ambos logrando una sinergia financiera de apoyo mutuo.

Quién lo regula

Son tan solo 13 artículos (419 al 431) de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, donde se encierra un mundo de oportunidades financieras, operado por empresas financieras dentro del Sector de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, cuya autoridad que las regula es la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP),a través de su organismo denominado Comisión Nacional Bancaria y de Valores; finalmente su organismo que apoya a los clientes es la CONDUSEF.

Observaciones

Mucha difusión poca aplicación, empresarios que lo han escuchado acuden de manera automática con su ejecutivo de cuenta y al platicarlo con “su banco”;  lo desestiman totalmente y le proponen otro crédito que ellos oferten en ese momento en el mercado financiero, o bien, lo consultan en cuanto a su operación o funcionamiento con su contador que no quiere tener “complicarse” el registro contable de este tipo de operaciones y le dice que es lo mismo que cualquier otro tipo de crédito con el banco.

Este tipo de financiamiento se promueve con empresas de factoraje, con instituciones pequeñas que hacen posible el análisis tan específico que se requiere de la cuentas originarias (clientes o proveedores), sin embargo, los recursos con los que opera son pocos, las garantías básicamente que establecen han sido de índole hipotecario, sin considerar el valor intrínseco de la cuenta por cobrar es decir: “el valor del papel”,  al tratarse de clientes Triple A, aunado de la poca experiencia o falta de capacitación para que el solicitante muestre de manera más detallada y convincente un estudio de sus rotación, periodicidad de cobro y éxito de la generación de efectivo, al recuperar su cartera.

El mercado más atractivo lo tiene NACIONAL FINANCIERA en su programa denominado Cadenas Productivas, tema del cual hablaremos en otro artículo con mayor detalle, la realidad es que poco está disponible en la banca comercial ya que en primera se requiere de un análisis detallado de la cartera de clientes, para ello destinar un analista de crédito es obsoleto ante la automatización de parámetros que se ingresan arrojando un estimado de crédito a otorgar, en segunda los intereses producto del descuento se generan hasta el final del periodo y no de manera inmediata, en ocasiones no les parece atractivo el caer en temas fiscales respecto al reconocimiento de los ingresos de los intereses en la fecha que se cobran, y finalmente las empresas que requieren este tipo de financiamiento no están dentro de su perfil de mercado potencial otro factor que ha desestimado la promoción de dicho modelo financiero.

Autor: Mtro. Miguel López Marroquín.

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